La Justicia confirmó una medida de abrigo para una niña en Coronel Dorrego

El Juzgado de Familia de Bahía Blanca declaró la legalidad de una medida de abrigo dictada en favor de una niña que actualmente se encuentra alojada en el Hospital Municipal María Eva Duarte de Perón de nuestra ciudad.
La resolución judicial confirmó que la medida, implementada a comienzos de enero de 2026 por el Servicio Local de Promoción y Protección de Derechos, se ajusta a la normativa vigente en la provincia de Buenos Aires. Este tipo de medidas se adopta cuando se considera que un niño, niña o adolescente requiere protección inmediata ante una situación de vulneración de derechos.
Según se informó oficialmente, la menor permanece el hospital local, donde continuará bajo resguardo mientras avanzan las actuaciones correspondientes.
La jueza interviniente también ordenó que se notifique formalmente a los progenitores de la niña. En el caso del padre, la notificación deberá realizarse en la Unidad Penitenciaria Nº 4 de Villa Floresta, donde se encuentra alojado. Asimismo, se les indicó que deberán constituir un domicilio legal dentro del radio del juzgado para futuras comunicaciones judiciales.
Cabe recordar que el padre de la niña había denunciado por LA DORREGO que, desde su detención, el pasado 4 de enero, a fecha no tiene ningún tipo de comunicación con su hija (cliquear acá).
La resolución establece, además, que, en caso de no contar con recursos económicos para contratar un abogado particular, los progenitores podrán solicitar asistencia gratuita ante la Defensoría Oficial Departamental.
Por otra parte, se requirió a los organismos administrativos intervinientes que informen sobre las gestiones realizadas para garantizar la cobertura de salud de la menor, incluyendo la eventual afiliación a la obra social provincial, en caso de no contar con otra prestación médica.
Finalmente, el juzgado solicitó la implementación y seguimiento de un plan estratégico de restitución de derechos, con informes periódicos sobre las acciones adoptadas para resolver la situación que dio origen a la medida.
Desde el ámbito judicial recordaron que las medidas de abrigo tienen carácter excepcional y provisorio, y deben estar orientadas a garantizar la protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes. (26-02-26).



