La ciudad

La Justicia confirmó la condena contra un hombre que conducía marcha atrás y atropelló y mató a una mujer en nuestra ciudad

La frase que señala al auto como una potencial arma se refiere a las múltiples situaciones de tránsito que, sin el debido cuidado o la irresponsabilidad de quien lo conduce, puede derivar en una desgracia.

Eso es lo que sucedió en Coronel Dorrego, el 11 de marzo de 2019, cuando un hombre conducía marcha atrás y atropelló y mató a una mujer que cruzaba la calle.

Osvaldo José Polinezi, hoy de 73 años, fue condenado a 3 años de prisión de ejecución condicional (no irá preso salvo que incumpla reglas de conducta) y 10 años de inhabilitación para conducir, por el delito de homicidio culposo calificado.

Su conducta fue agravada por el segundo párrafo del artículo 84 bis, que eleva la pena del culposo (el piso de la pena pasa de 2 a 3 años) en distintas situaciones, entre ellas cuando se circula en sentido contrario a la circulación.

Se trata de una maniobra que puede ser habitual, especialmente en lugares alejados del centro o de menor flujo de tránsito -como pueden ser localidades chicas-, pero que muchas veces se realiza sin medir sus riesgos.

El fatídico incidente vial se produjo cuando Polinezi salía desde su cochera con su auto, en conducción marcha atrás y a contramano y, en esas circunstancias, embistió con la parte trasera del coche a la víctima, a la que arrastró varios metros.

El defensor particular de Polinezi, Julio Ricardo Amaya, denunció arbitrariedad y absurda valoración de la prueba para acreditar la autoría y responsabilidad del hombre por parte de la jueza Correccional de primera instancia, Susana González La Riva, que lo condenó.

Cuestionó que no se tuvieran en cuenta informes técnicos para determinar la mecánica del hecho y que hubo diferencias entre el croquis y el informe planimétrico y que los testigos del juicio no vieron el hecho o que la víctima cruzó en diagonal.

El abogado sostuvo que en el caso “existen más dudas que certezas” y que las pruebas reunidas no fueron suficientes para la convicción necesaria que demanda una condena.

Finalmente, afirmó que tanto la mujer fallecida Dora Susana Piñeiro, como su esposo, caminaba por la cinta asfáltica y no por la vereda, en incumplimiento al artículo 38 (incisos A y B) de la Ley 24.449.

Detallada evaluación
La Cámara Penal rechazó los argumentos de la defensa y confirmó la pena a Polinezi.

Los jueces Gustavo Barbieri y Natalia Giombi no solo negaron que la jueza haya incurrido en absurda valoración de la prueba sino que consideraron que hizo una “pormenorizada evaluación”.

Entendieron que la crítica de la defensa no trasciende la “mera divergencia” con la postura judicial.

“La magistrada concluyó que las versiones de quienes depusieron en el juicio no resultaban contradictorias y valoró especialmente los dichos del testigo presencial -cuya ubicación desde arriba de un camión le daba una mejor visión dada la altura en la que estaba-, quien vio a la víctima Piñeiro sobre la vereda, transponiendo la calle”.

Ángel González, pareja de Piñeiro y quien la acompañaba caminando esa tarde/noche, relató que “le gritó” al automovilista cuando estaba por impactarla y confirmó que “la arrastró por algunos metros”, lo cual se condice con los informes médicos (por el tipo de escoriaciones) .

También concluyeron que no medió culpa de la víctima y que la maniobra riesgosa y violatoria del deber de cuidado fue de Polinezi.

Violó los deberes de cuidado
El incidente vial registrado en Coronel Dorrego que terminó con la vida de Dora Susana Piñeiro se produjo el 11 de marzo de 2019, sobre las 20.10, cuando Osvaldo José Polinezi, en ese momento de 66 años de edad, violó los deberes de cuidado a la hora de conducir.

Fue en España 1.201, cuando sacaba de su cochera el Peugeot 405 celeste, patente UHH 930, marcha atrás y a contramano, en una maniobra que, según dicen, hacía habitualmente.

El vehículo salió por España y giró a contramano hacia Urdapilleta, sin advertir su conductor que en ese momento cruzaban la calle la mujer y su marido.

Luego de embestir a Piñeiro, la arrastró por varios metros, hasta que los gritos de la propia mujer y de su pareja alertaron al automovilista infractor, que detuvo la marcha.

La víctima sufrió traumatismo cerrado de tórax, politraumatismos, complicación cardiológica y pulmonar con insuficiencia respiratoria, hecho que demandó su internación de urgencia.

Luego de ser trasladada a Bahía Blanca, falleció en el hospital Penna el 10 de mayo siguiente. (Fuente La Nueva.). (27-09-25).

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