Llevarán la red de agua corriente a calle 47, entre San Martín y Casal Varela
El Concejo Deliberante autorizó al Departamento Ejecutivo a realizar la red de agua corriente en calle 47, entre San Martín y Casal Varela, vereda impar, de nuestra ciudad.
En la misma ordenanza, declaró de utilidad pública y pago obligatorio la obra.
Entre los argumentos que tuvo en cuenta, el Concejo destacó que «las condiciones de acceso al agua y saneamiento se encuentran categorizadas dentro de los llamados ‘riesgos ambientales'»
También consideró que «la obra es necesaria para asegurar calidad de vida no sólo al peticionante, sino a todos los vecinos que en el futuro se radiquen en el sector».
«Esta obra brindaría acompañamiento al crecimiento edilicio de la ciudad», agregó.
Cinco días después de la publicación de la ordenanza, el Ejecutivo tendrá diez días hábiles para disponer la apertura de un registro de oposición a la obra.
El gobierno municipal fue facultado por el CD a «notificar en forma fehaciente a cada obligado, el monto total de la obra a su cargo, el que tendrá desde entonces 15 corridos para optar por alguna de las siguientes modalidades:
a) Contado con el descuento del 20%.
b) En 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas que representen el total de la obra, para aquellos obligados cuyo frente no supere los 10 metros.
c) Hasta en 24 cuotas mensuales, iguales y consecutivas que representen el total de la obra, para aquellos obligados cuyo frente supere los 10 metros y hasta 20 metros.
d) Hasta 36 cuotas mensuales, iguales y consecutivas que representen el total de la obra, para aquellos obligados cuyo frente supere los 20 metros.
Los casos especiales que por distintas circunstancias o razones requieran otros planes de pago, serán evaluados su situación socio-económica, determinando el Departamento Ejecutivo la cantidad de cuotas en cada caso. Abonarán las primeras 24-36 cuotas, fijadas en relación a los metros de frente que el inmueble del contribuyente posea, sin interés y a las restantes se les aplicará un interés del 12% anual.
En todos los casos las cuotas vencerán los días 19 de cada mes, y el atraso en el pago de las cuotas dará lugar al Departamento Ejecutivo a aplicar el interés resarcitorio.
Asimismo, la falta de pago de la obra y/o cuotas convenidas dará lugar al Departamento Ejecutivo a iniciar ejecución por vía de apremio. (15-03-21).