LA DORREGO

(CON AUDIO) El abogado Pedro Caramelli aclaró aspectos del fallo que le quita la licencia de conducir a un deudor alimentario

Foto: Sergio Etcheverry

Como informó LA DORREGO, un fallo del Juzgado de Paz de Monte Hermoso ordenó la suspensión para conducir y el retiro de la licencia de conductor a un deudor alimentario.

Se trata de una medida dispuesta en el marco de lo normado por el artículo 553 del Código Civil y Comercial de la Nación.

Según explicó a nuestra radio el abogado Pedro Caramelli Lagleyze, representante legal de la demandante, la medida se dicta al no haber otra que resulte eficaz, es decir, ante el fracaso de, por ejemplo, una retención de sueldo, o un embargo sobre bienes muebles o inmuebles.

“En este caso, todas las medidas anteriores que se resolvieron para hacer efectiva la deuda alimentaria fracasaron, y también fracasó la demanda de alimentos dirigida a los abuelos paternos de los menores”, aclaró.

El audio de la entrevista, a continuación:

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