Reglamentaron los espectáculos «a la gorra» en nuestro distrito
El Concejo Deliberante autorizó -por ordenanza- la realización de espectáculos denominados “a la gorra» en espacios públicos del ámbito del partido de Coronel Dorrego.
La normativa establece que será autoridad de aplicación la Dirección de Cultura y Educación.
Quedan comprendidos en la flamante disposición los siguientes artistas:
1- Actores
2- Titireteros
3- Músicos
4- Cantantes
5- Bailarines
6- Murgueros
7- Circenses
8- Mimos
9- Payasos
10- Malabaristas
11- Pintores
12- Escultores
13- Estatuas vivientes.
La autoridad de aplicación queda facultada a disponer de los espacios para la realización de los eventos dispuestos en la presente, teniendo en cuenta la idiosincrasia de cada localidad.
Por su parte, los artistas darán aviso por escrito a la autoridad de aplicación, la cual expedirá la correspondiente autorización en el plazo que estime conveniente a la realización del espectáculo.
Se estableció que las presentaciones deberán ajustarse a las normas éticas y de buenas costumbres, haciendo uso respetuoso del vocabulario y los modos, en las expresiones artísticas.
Los artistas responsables de los espectáculos deberán garantizar el cumplimiento de las siguientes condiciones:
a- Ninguna función podrá superponerse con un acto oficial organizado por el Departamento Ejecutivo, a excepción que forme parte de éste.
b- Será un requisito fundamental, respetar el espacio público asignado, tanto en el cuidado como en la higiene del mismo, debiendo quedar el predio en las mismas condiciones en que se lo reciba.
c- Queda prohibido alterar la tranquilidad de vecinos y personas que deambulen por el lugar, en las etapas de preparación, realización y desmantelamiento.
d- El armado del espacio escénico no podrá afectar ni hacer uso de: mástiles, monumentos públicos, juegos, forestación o todo otro ornamento.
e- El contenido de la publicidad que se realice deberá acordarse con la Dirección de Cultura y Educación, y no podrá afectar espacios públicos o privados.
Con la finalidad de evitar riesgos y accidentes, no se autorizarán los siguientes eventos “a la gorra”:
a- Los espectáculos que incluyan la participación de animales.
b- Los que pongan en riesgo la propia seguridad y/o la de los espectadores o vecinos.
c- Los que utilicen sonido superior a los 60 decibeles.
d- Los que utilizaran en su desarrollo fuego, fuegos artificiales o combustible.
e- Todo otro que la autoridad de aplicación considere inconveniente.
La entrada a todos los eventos será libre y gratuita y sin ninguna restricción, permitiendo a los artistas el “pasado de gorra” al concluir el espectáculo, o la colocación de una urna, sin que esto implique una obligación económica para el espectador.
El Departamento Ejecutivo podrá difundir en sus plataformas oficiales las actividades que se autoricen en el marco de la ordenanza.
«Oportunidades y herramientas para los artistas locales»
En los fundamentos de la norma, el Concejo destacó que en nuestro distrito contamos con una gran variedad de artistas que podrían comenzar a visibilizar su trabajo, o continuar difundiendo el mismo.
«La modalidad de espectáculos ‘a la gorra’ permite el acceso a diferentes propuestas artísticas a toda la comunidad. Es prioritario para este Municipio poder acercar oportunidades y herramientas a todos los artistas locales, que debido a la difícil situación socioeconómica por la que atravesamos, muchos de ellos, no tienen posibilidades de producir espectáculos o contar con sponsor que fomenten sus actividades», se agrega en el texto aprobado.
Para el Concejo, muchos artistas utilizan esta modalidad por una necesidad económica, y muchos otros por un gusto personal, o por considerarla como una posibilidad para acercarse a todos los vecinos y vecinas que admiran y disfrutan de escuchar y ver estas obras.
«Aquellos artistas, que realizan espectáculos a la gorra, disfrutan principalmente de que los espectadores puedan apreciar los trabajos artísticos que llevan adelante con gran pasión y entusiasmo. Generalmente disfrutamos de estos espectáculos en las ciudades turísticas, aunque son de gran importancia para la transmisión de nuestro patrimonio cultural, y serían de gran importancia también en nuestro distrito», se fundamentó. (08-07-24).