La Fiscalía General de Bahía Blanca dispuso una reorganización provisoria hasta la designación de nuevos Agentes Fiscales
Con motivo de las numerosas vacantes de cargos Agente Fiscal que impiden continuar indefinidamente con el esquema organizacional que se estableció en su momento y para el que falta la designación de los respectivos titulares de 6 Unidades Fiscales de instrucción y Juicio; se dispuso por Instrucción General N° 183, con carácter transitorio y de excepción, hasta que se produzcan nuevos nombramientos para cubrir las vacantes existentes, una serie de medidas que, en esencia, resultan las siguientes:
a) El cese temporal de ingreso de causas a las UFIJ 7 y 8, así como que las causas en trámite por ante las UFIJ 2 y 8 se reasignen a la UFIJ N° 7.
En consecuencia, la UFIJ N°. 7 continuará las investigaciones actualmente en trámite cuya temática no se encuentre especializada por el tipo de delito.
b) Todas las causas que se inicien a partir de la entrada en vigencia de la indicada Instrucción General y que no corresponda a la intervención de una Unidad especializada por el tipo de delito, serán asignadas a la UFIJ N°2 que identificará tempranamente los hechos de la denuncia y dispondrá inmediatamente lo que corresponda según si los hechos no resultan delictivos, si sus autores resultan ignorados o si se les puede dar una solución alternativa a la investigación y proceso penal mediante mecanismos de mediación y conciliación penal.
Luego de esta selección, las denuncias restantes pasarán a tramitar por ante la Ufij N°7 para su investigación y eventual promoción de la acción penal.
De esta forma cesan dos Unidades Fiscales de Investigación y una de ellas se transforma en una Unidad de identificación temprana para proceder prontamente al modo de finalización correspondiente de lo que no es delito, o de lo que se ignora quiénes son sus autores o de lo que se le puede dar una solución alternativa al proceso penal.
c) Finalmente, se redistribuyen los debates de juicio oral y público dr forma equitativa entre los distintos fiscales y se establece un sistema de prioridades para la investigación en los delitos que no se encuentran a cargo de una Unidad especializada, en función del mayor daño social, pluralidad de víctimas, víctimas en situación de vulnerabilidad y reiteración delictiva, con especial atención a los delitos contra la integridad física. (12-06-23).