Estacionamiento y circulación de camiones: este es el proyecto de ordenanza del Ejecutivo

Antes de que la pandemia de la Covid 19 obligara a una virtual paralización de muchas actividades en el mundo, el Departamento Ejecutivo dorreguense había enviado al Concejo Deliberante el proyecto de ordenanza que introducirá variantes a la normativa que regula en la ciudad el estacionamiento y la circulación de camiones en la planta urbana.

La iniciativa se enmarca en la futura puesta en marcha de la playa de camiones cuya concesión fue otorgada -por 2 años y sin costo- a la Sociedad de Bomberos Voluntarios.

Este es el proyecto:

ARTICULO 1º) El tránsito y estacionamiento de camiones en la ciudad cabecera se regirá ============= por las normas que se establecen en la presente Ordenanza.
ARTICULO 2º) El acceso de camiones con o sin acoplados y/o semiremolques a la ============ ciudad cabecera será por cualquiera de sus accesos a excepción de la Avda. Casal Varela.
ARTICULO 3º)
ESTACIONAMIENTO:
A) Queda prohibido el estacionamiento de camiones con o sin acoplados y/o semiremolques en el radio céntrico establecido en la Ordenanza Nº 3116/11 (delimitado por calles Siria, Echeverría, Urdapilleta y España); donde sólo se permitirá para carga y descarga, únicamente en el horario de 5 a 10 hs. Queda prohibido efectuar la carga y/o descarga sin estar debidamente estacionado.
B) En las arterias con estacionamiento sobre una sola mano, se permitirá estacionar sobre la mano contraria, únicamente para carga y descarga en el horario antes citado, exceptuando la calle Martín Fierro.
C) Queda prohibido el estacionamiento de acoplados y/o semirremolques en todo el ejido urbano, incluyendo arterias y lotes baldíos.
D) En los lugares permitidos para estacionar podrá hacerse sobre la mano derecha y en horario nocturno debidamente señalizado con bandas reflectivas, a una distancia no menor a 30 mts. de la esquina.
TRANSITO:
A) Prohíbese el tránsito de camiones, salvo en horario de carga y descarga, en el radio céntrico. Exceptúase de lo establecido a las empresas de transporte que a la fecha de promulgación de la presente posean su centro de acopio de carga, depósito o guarda en el sector mencionado; únicamente para el egreso e ingreso de sus vehículos.
B) Establécese que la permanencia en la vía pública para reparaciones en talleres mecánicos y/o gomerías podrá ser de un total de 3 camiones o 2 camiones con acoplados y/o semirremolques.
C) El acceso de los camiones cargados hasta la playa de estacionamiento de la Cooperativa Transporte Automotor de Coronel Dorrego se ajustará a la siguiente ruta:
Entrada Sud-Este por Avda. Casal Varela / Avda. Santagada hasta Calle Italia, y por ésta a la Cooperativa de Transporte.
Entrada Nor-Este, por Avda. Rubén Álvarez / Avda. Ricardo Fuertes, hasta calle Echeverría, y por ésta a la Cooperativa de Transporte.
Entrada Sud-Oeste por Avda. Ricardo Fuertes, hasta calle Guillermo Aranda, por ésta hasta calle Italia y luego hasta la Cooperativa de Transporte.
Entrada Nor – Oeste, por Guillermo Aranda hasta Italia y por ésta a la Cooperativa de Transporte.
La salida de los camiones con acoplado y/o semiremolques de la Playa de Estacionamiento de la Cooperativa de Transporte se realizará: por calle Echeverría hasta calle El Indio, donde girarán a la derecha hasta la intersección con Avda. Casal Varela, tomando por ésta hasta la Ruta Nacional Nº 3; y por calle Italia hasta la intersección con Calle Gregorio Juárez, donde girarán a la izquierda para transitar hasta calle Rubén Alvarez, retomando el acceso noroeste en dirección a la Ruta Provincial Nº 72.

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