Autorizan nuevamente a un vecino a vender productos en un carro ambulante

El Concejo Deliberante autorizó al vecino Ricardo José Pérez a realizar venta mediante carro ambulante por el plazo de dos años.

El cuerpo destacó que la venta ambulante en el distrito se encuentra regulada por una ordenanza sancionada en 1997.

También aclaró que Pérez ha desempeñado esta actividad autorizado por las ordenanzas 3509/16, 3633/17 y 3745/18.

Que se ha vencido el plazo establecido en la última autorización dictada por el Concejo Deliberante.

«Este cuerpo considera oportuno la expedición de la autorización solicitada, lo que permitiría continuar con esta fuente de ingresos para el solicitante», según uno de los considerandos de la flamante normativa.

El vecino podrá vender productos procesados a base cárnica, golosinas y bebidas (jugos, refrescos, agua) sin fraccionar, aunque tendrá prohibido el expendio de bebidas alcohólicas.

La comercialización de los citados productos, como también los ingredientes que conformen el producto elaborado final, solo podrán hacerse con productos envasados en origen, provenientes de establecimientos debidamente registrados y habilitados.

El permiso otorgado por la presente es personal, intransferible y no contiene derechos de exclusividad en el rubro.

La autorización que se otorga es de carácter precario y, por lo tanto, revocable en cualquier momento por el organismo otorgante, cuando razones fundadas a su sólo criterio lo consideren conveniente.

El Concejo también aclaró que toda actividad de venta y manipulación de alimentos, en cualquiera de sus modalidades, prevista en la nueva ordenanza, deberá cumplir con lo establecido en el Código Alimentario Argentino.

Pérez será responsable absoluto de la higiene del lugar que se autoriza a ocupar, y deberá colocar recipientes adecuados para tal fin.

Los comentarios están cerrados.