La Corte ordenó que no se le cobre Ganancias a una jubilada y que le devuelvan todo lo descontado hasta ahora
La Corte Suprema de Justicia declaró la inconstitucionalidad del cobro del Impuesto a las Ganancias a los jubilados.
Constituyeron el voto de la mayoría los jueces Ricardo Lorenzetti, Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco y Horacio Rosatti.
El presidente del tribunal, Carlos Rosenkrantz volvió a quedar en minoría al defender los intereses del gobierno nacional.
El fallo del Máximo Tribunal fue en un caso particular, pero que en un futuro próximo podría extenderse a los otros 300.000 jubilados y pensionados a los que se les descuenta el impuesto, porque los jueces le piden al Congreso que legisle sobre el tema.
La sentencia de la Corte aplicó para la demanda que María Isabel García, jubilada de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, promovió contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Lo hizo en 2015, cuando tenía 79 años. Entonces, reclamó que se declare la inconstitucionalidad de la deducción del impuesto a las ganancias sobre su beneficio. Argumentó que padecía problemas de salud y que los descuentos en su beneficio oscilaban entre el 29,33% y el 31,94%.