Política

Qué dice el régimen de responsabilidad fiscal municipal enviado por Reyes al Concejo

El pasado 21 de diciembre el intendente Raúl Reyes envió al Concejo Deliberante un proyecto para que el cuerpo adhiera el Régimen Provincial de Responsabilidad Fiscal Municipal aprobado por la Legislatura bonaerense.

El artículo 7 bis de este régimen establece: «La Provincia y los municipios concertarán la implementación de políticas tendientes a disminuir los gravámenes que recaigan sobre la producción».

Además, señala: «Los municipios procurarán la implementación de políticas y convenios interjurisdiccionales «tendientes a homogeneizar y armonizar las bases imponibles y alícuotas» de las tasas como Seguridad e Higiene, ABL, Conservación y Reparación de la red vial (a la hectárea)».

«La presión tributaria total por municipio no podrá superar ni ser inferior en un desvío estándar al promedio de la presión tributaria municipal total a nivel provincial…», agrega el texto.

Como el bloque del Frente para la Victoria – Unidad Ciudadana considera que este artículo «colisiona» con el aumento de tasas aprobado por el Concejo se retiró del recinto y no participó de la asamblea de mayores contribuyentes que refrendó las subas del 25% en las tasas urbanas y del 30% en la rural.

Aspectos claves de la Ley

Endeudamiento: Los municipios no pueden endeudarse por encima del 10% de sus recursos corrientes, salvo para refinanciar deuda previa en mejores condiciones. También los obliga a adherir al régimen de responsabilidad fiscal tanto para tomar deuda como para recibir asistencia financiera de provincia o Nación.

Aumento del gasto: los municipios no pueden aumentar sus gastos corrientes por encima de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Antes, se calculaba sobre el crecimiento del PBI.

Personal: se compromete a los municipios a que no aumenten su planta de personal por encima del aumento de la población, salvo aquellos que tengan superávit o absorban servicios del gobierno nacional o provincial o del sector privado (como la recolección de residuos). O que sean autorizados por la provincia.

«Despilfarros» de última hora: la ley aprobada anoche prohíbe a los intendentes que, en los seis meses previos a dejar el cargo, tomen medidas que incrementen el gasto corriente con carácter permanente (como los habituales pases a planta permanente de los empleados contratados) o dispongan de los bienes municipales.

Reducción de tasas: la reforma invita a los municipios a bajar las tasas que recaen sobre los sectores productivos, como las que se cobran por Seguridad e Higinie o Alumbrado, Barrido y Limpieza.

Información completa: la nueva norma obliga a los municipios a que acompañen sus proyectos de presupuesto con información más detallada sobre proyecciones de recursos y gastos, el stock de deuda municipal y la descripción de las políticas presupuestarias que sustentan esas previsiones.

Ejecución presupuestaria: la reforma aprobada insiste en que los municipios publiquen su presupuesto en su sitio web oficial, algo que cumplen muy pocos. También les pide una actualización cada tres meses de la ejecución presupuestaria. Detalle que, en este caso, tampoco cumple la provincia (su última actualización es del primer trimestre de 2017). Por último, exige un informe trimestral con la cantidad de empleados en cada municipio y sus salarios.

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