La ciudad

Transfieren las parcelas en el S.I.P. Doctor José Francisco Nomdedeu para la fábrica de churros y alfajores

El Concejo Deliberante autorizó la transferencia de lotes en el Sector Industrial Planificado Doctor José Francisco Nomdedeu de nuestra ciudad al vecino dorreguense Juan Ignacio Arzoz, titular de la firma Dubai, para la futura instalación de una planta que producirá churros y alfajores.

De acuerdo a lo explicado por el propio Arzoz al Concejo, la finalidad del emprendimiento es abastecer unidades de negocio para venta al público, donde el producto obtenido es elaborado con materia prima regional de alta calidad.

La propuesta industrial apuntará a que la planta genere el menor impacto ambiental mediante la elección de procesos amigables con el entorno y el ambiente, elaborando productos enmarcados en normas de inocuidad alimenticia.

“Los productos a elaborar estarán dirigidos a demanda intermedia y final, donde la comercialización de la producción de churros será mediante franquicias propias, supermercados minoristas y mayoristas y, en el caso de los alfajores, en franquicias propias, estaciones de servicios, supermercados, drugstores y kioscos”, según se destaca en la ordenanza aprobado por el CD.

Dicho proyecto está desarrollado teniendo en cuenta una base de cálculo suficiente para el abastecimiento de 20 franquicias, las cuales estarían distribuidas en las principales ciudades turísticas del país. La producción diaria estimada seria de 8.000 docenas de churros (96.000 unidades) y 2.600 docenas de alfajores (31.200 unidades), en las 2 variantes de sabor propuestas.

Estudios de mercado recientes respecto al consumo en el mercado nacional manifiestan datos alentadores para este segmento industrial.

Los productos a elaborar estarán dirigidos a demanda intermedia y final, donde la comercialización de la producción de churros será mediante franquicias propias, supermercados minoristas y mayoristas y, en el caso de los alfajores, en franquicias propias, estaciones de servicios, supermercados, drugstores y kioscos”, según se destaca en la ordenanza aprobado por el CD.

La capacidad productiva planteada es atender la demanda y proporcionar a la población productos listos para el consumo y de excelente calidad.

Según se aclaró en el proyecto de prefactibilidad, la instalación de dicha planta presenta ventajas desde el punto de vista social, ya que generaría puestos de trabajo tanto en la planta como en las diferentes franquicias. Consiguientemente, se generaría aumento en la demanda de materia prima, insumos y servicios, activando significativamente la economía en la región.

OTROS DETALLES

*El proyecto se anexa con un conjunto de planos de obra nueva, detallando la implantación de la Planta en la Fracción II, Parcelas 3a y 4a (a solicitud del peticionante), considerando los servicios e instalaciones necesarias para el funcionamiento del emprendimiento, como ser: planta general; planta techo; cortes y vistas; instalación de agua, electricidad, gas; desagües cloacales e industriales, luminarias y flujogramas.

*El arquitecto, quien informa la tasación de los inmuebles, detalla que se trata de lotes aledaños de idénticas dimensiones, constituyendo en conjunto un macizo de una superficie total de 4.013,70 m2.

*La totalidad de la superficie a construir es de 2.866,38 m2 (constituida por 2.749,91 m2 para la planta baja y de 116,47 m2 para la planta alta), la superficie de espacios semicubiertos es de 197,72 m2 y la superficie de espacio libre es de 1.069,04 m2.

*Los sectores se delimitarán de la siguiente manera: sector producción y sector administrativo/de personal diseñados para que exista la mayor fluidez dentro de la Planta de Producción.

*Los lotes transferidos están identificados como Circunscripción XVII – Sección B – Chacra: 146 – Fracción II – Parcela 3ª; y Circunscripción XVII – Sección B – Chacra: 146 – Fracción II – Parcela 4ª.

*Juan Ignacio Arzoz, abonará a la municipalidad como precio único, total y definitivo de las parcelas que se le transfiere la suma de 341.164,50 pesos.

*La modalidad de pago del precio total de la operación será 40% del precio total al contado al momento de la suscripción del boleto de compraventa, y 60% hasta en 3 cuotas fijas, iguales, mensuales y consecutivas, sin interés de financiación.

* La suscripción del boleto de compraventa entre el municipio y el solicitante deberá efectuarse en el plazo de 30 días corridos desde la publicación de la ordenanza. Transcurrido dicho plazo, se producirá la caducidad de dicha autorización.

*Arzoz deberá comenzar las obras en un plazo que no exceda los cinco meses de otorgada la posesión y la finalización de las obras y puesta en ejecución del proyecto será en un plazo de 36, divididos en tres etapas de construcción, según especificaciones que se reglamenten.

* El adquirente no podrá oponerse a la radicación en el sector de futuras industrias o emprendimientos, excepto cuando resulten sanitariamente incompatibles con su emprendimiento. (Fuente: Ecos de mi ciudad). (16-1-21).

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