Sociedad

Hay más de 5 mil denuncias por delitos sexuales en la región

Históricamente fue el delito del silencio. De la no palabra. Es probable que una víctima de abuso -y más en el caso de niños- se silencie. Por pudor, por temor o incluso por “el muro” que le construyen hasta desde su ámbito más íntimo, que muchas veces descree la historia y lacera más que el propio ataque físico.

Hay quienes guardan esa herida sin cicatrizar durante toda su vida, que prefieren callar o no pueden hablar. Pero están quienes se animan, los que superan las barreras. Y cada vez más.

El tratamiento eficiente y protegido de la víctima, la evolución legal en la materia, la diversidad de herramientas para atacar la problemática y la existencia de una fiscalía temática, desde hace más de 8 años, entre otros factores, facilitan la denuncia.

La UFIJ Nº 14 del Departamento Judicial de Bahía Blanca, especializada en la materia, superó la barrera de las 5 mil denuncias desde su creación, en 2009. Los datos no solo corresponden a Bahía, sino a Tres Arroyos, Gonzales Chaves, Patagones, Dorrego, Monte Hermoso, Pringles, Suárez, Punta Alta, Villarino, Saavedra, Tonrquist y Puan.

¿Hay más gente que se anima a la denuncia o más hechos? La pregunta de siempre, con múltiples especulaciones relativas y ninguna conclusión irrevocable. La respuesta que más se aproxima a la realidad es que hay más denuncias y más hechos.

Los “gritos” de la estadística

En “el delito del silencio”, las que “gritan” son las estadísticas: Bahía mantiene, claramente, la tasa más alta de ataques sexuales en toda la provincia de Buenos Aires.

El dato -cotejado con los de la Procuración de la Suprema Corte de Justicia bonaerense- surge de los números oficiales que tramita la fiscalía del área, hoy a cargo de la doctora Marina Lara, y a quien antecedieron Claudia Lorenzo (en el inicio), María Marta Corrado y Mauricio del Cero.

En esta jurisdicción, con más de 640.000 habitantes, se registran 95 denuncias de abusos o violaciones cada 100 mil habitantes.

La media provincial (17 millones de pobladores y más de 12 mil denuncias por delitos sexuales) es de 72 c/100 mil.

Y otros distritos importantes están debajo de Bahía. Por caso Mar del Plata (759.000 habitantes/523), con 69 c/100 mil; La Plata (1.265.764/1069), con 84 y secciones más populares del conurbano, como La Matanza (2.136.000/988), con 46 y Lomas de Zamora (2.600.000/1984), con 76.

El crecimiento progresivo de presentaciones judiciales se viene dando, casualmente o causalmente, desde la creación de la fiscalía temática. En la primera mitad de su funcionamiento (2010/14) las denuncias oscilaron entre 400 y 500 y en la segunda (2015/18), pasaron las 700, con un pico notable en 2015, que llegó al récord anual de 1.192.

La importancia de tener una red

Para los investigadores de los delitos sexuales, el hecho de trabajar de manera articulada -tanto en la instrucción de las causas como en la contención de las víctimas- y la eficiencia de los resultados -a diferencia de otras modalidades delictivas, el 90% de los juicios termina con condenas-, hicieron más visible la problemática y, posiblemente, intensificaron la idea de denunciar.

La UFIJ Nº 14 actúa en red junto con ONG’s (“Creer, Sí”; la Red contra la Violencia de Género, El Nido), escuelas, clubes y otras entidades intermedias. El dictado de charlas para abordar la situación, especialmente entre adolescentes y jóvenes, y el sostén de los gabinetes pedagógicos son ruedas de auxilio.

“El caballito de batalla”, en los casos que tienen por víctimas a menores de edad, es la cámara Gesell, que funciona en Moreno 25, en el mismo edificio de la UFIJ N° 14.

Se trata de una oficina de 5 metros cuadrados, pintada completamente de color blanco, que presenta un escritorio con una PC y dos micrófonos, donde un fiscal o instructor entrevista a la víctima del delito, por lo general desde los 6 o 7 años de edad. En un armario se guardan juguetes, que pueden aportarle un ámbito más cómodo y familiar al pequeño.

Un amplio ventanal espejado (como los que se ven en las películas donde interrogan a sospechosos) separa la habitación de otra sala donde se activa una cámara para registrar la entrevista. Desde ese lugar escuchan el juez, el defensor del eventual imputado y un psicólogo que interviene en caso de que se advierta una situación de angustia en el niño.

El año pasado, el sociólogo Bruno Pazzi había aventurado algunas interpretaciones sobre este fenómeno que se da en nuestra ciudad.

Aludía a la presencia de la zona portuaria, atractiva para la trata de personas y el narcotráfico -siempre ligado a los prostíbulos- y a la gran presencia de fuerzas de seguridad en toda la región.

En este último sentido, destacaba que un informe de este diario marcaba la creciente cantidad de denuncias por violencia de género entre los uniformados, hecho que se puede relacionar con un componente machista que subsiste en parte de las fuerzas.

La licenciada Paula Kraser, perito en criminalística, explicaba que este tipo de cuestiones son “multicausales” y rescataba a Bahía como una ciudad “instruida y movilizada culturalmente, que además no es un pueblo -donde denunciar un abuso puede ser un tabú- y tampoco se la considera una gran urbe (donde por lo general los recursos de salud, educación y justicia son mal distribuidos), con lo cual habría menos chances de desestimar o naturalizar un delito sexual”.

Se avanza más que con otros delitos

A nivel provincial apenas el 10% de las denuncias que se presentan por todo concepto avanza en su tramitación. El 80% se archiva y el 10% restante se desestima.

Sin embargo, en el caso de las causas por delitos sexuales es distinto. Se instruye el 30% o más de los sumarios.

Con los cambios de los estándares probatorios, el delito sexual se diferenció de otros -como por ejemplo el robo- y muchas veces alcanza con la mera denuncia, respaldada por pericias psicológicas.

Si bien en este aspecto la “cifra negra” sigue siendo alta, da la impresión que “el delito de las sombras”, como se lo conoce, pierde oscuridad y gana luz.

La “cifra negra” se refiere a los hechos que se cometen pero no se denuncian. Hay que tener en cuenta que los delitos sexuales son de instancia privada, es decir que si la víctima no quiere instar la acción penal no se puede avanzar.

2009/18: cómo evolucionó la ley

Desde el momento de la creación de la fiscalía especializada hasta la actualidad, las leyes en materia de delitos sexuales han sufrido cambios importantes.

Se incorporaron figuras penales y se comenzó a castigar ciertas conductas, entre otras decisiones votadas y promulgadas por los legisladores.

En 2011, la Cámara de Diputados sancionó la denominada Ley Piazza, impulsada por el conocido diseñador Roberto Piazza. Establecía que el delito comenzaba a prescribir a partir de que la víctima cumpliera la mayoría de edad. Esta reglamentación modificaba la ley anterior, en la que el plazo de prescripción se iniciaba en el momento en que el hecho había sido cometido.

Dos años después apareció con formato legal la figura del grooming. El Senado dio sanción definitiva al proyecto de ley que tipifica y penaliza el acoso sexual a menores de edad a través de las redes sociales.

Se incorporó al artículo 131 del Código Penal, con penas de 6 meses a 4 años de prisión.

En 2015 se volvió a modificar la Ley Piazza respecto de la prescripción de los delitos sexuales. Se determinó que el plazo comienza a correr a partir de que la víctima realiza la denuncia, independientemente de la edad que tenga en ese momento.

Esto quiere decir que alguien que hoy tenga 40 años puede denunciar un hecho sufrido a los 15, sin ningún impedimento legal.

Finalmente, a fines de abril, se promulgó la ley modificando el artículo 128 del Código Penal para sancionar la tenencia de pornografía infantil, cualquiera sea su finalidad, y el agravamiento de las penas para que el delito no sea excarcelable.

La norma establece, entre otras cosas, “reprimir con prisión de 3 a 6 años al que produzca, financie, ofrezca, comercie, publique o divulgue, por cualquier medio, toda representación de un menor de 18 años dedicado a actividades sexuales explícitas o toda representación de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales”.

Y determina una pena de 4 meses a 1 año de cárcel al que tenga en su poder ese tipo de representaciones.

Todas las escalas penales se elevan en un tercio en su mínimo y en su máximo cuando la víctima fuera menor de 13 años. (La Nueva).

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