La ciudad

Continuará en la cárcel un hombre que asesinó a su pareja en nuestra ciudad

Permanecerá detenido un hombre condenado a 18 años de cárcel por matar de un disparo en la cabeza a su pareja en Coronel Dorrego.

Se trata de Guillermo Patricio “Galli” Bullón, quien el 18 de marzo de 2014 fue hallado culpable del crimen de Marcela Andrea García (32).

El hecho se produjo el 21 de octubre de 2012 y solo por 53 días evitó que su conducta fuera tipificada como femicidio y recibiera la pena de prisión perpetua.

El 14 de diciembre de ese año se publicó en el Boletín Oficial la Ley 26.791, que incorporó la citada figura al Código Penal, dentro del artículo 80.

Recientemente la Sala II de la Cámara Penal rechazó la apelación del defensor Cristian Daniel Firpo y ratificó la decisión del juez de Ejecución Penal Nº 1, Claudio Brun, quien negó otorgarle al sujeto el beneficio de la libertad condicional.

El juez Brun consideró que si bien Bullón -detenido en la Unidad Penal Nº 19 de Saavedra- se encuentra en condiciones temporales de acceder al beneficio, existen elementos de “tenor cautelar” que impiden hacer lugar al requerimiento.

En el mismo sentido votaron los camaristas Guillermo Petersen y Guillermo Emir Rodríguez.

Cuestionamientos

Mientras que el Departamento Técnico Criminológico de la cárcel aconsejó la liberación del interno, el informe de un psiquiatra de la Asesoría Pericial Departamental sostuvo que “no es posible descartar la ocurrencia de nuevos incidentes del mismo orden de aquellos por los que fuera condenado en caso de no contar con un control externo que le brinde protección y asistencia adecuada”.

El profesional agregó que el acusado cuestionó el juicio y el fallo.

Los jueces indicaron que esa evaluación es complementaria a la realizada por un psicólogo del penal, quien refirió que Bullón experimentó un proceso de reflexión respecto de los hechos que lo condujeron a la detención y lo que esto provocó en su entorno familia, aunque “subjetivando las consecuencias en la víctima y sus allegados”.

Incluso, allí se sugirió el “el acompañamiento de instituciones afines a efectos de favorecer un proyecto de vida y un mejor retorno al espacio social”.

En este sentido, desde la unidad penal refirieron que en caso de ser liberado resultaba “imprescindible” un “acompañamiento estricto” y “garantizar la continuidad del dispositivo terapéutico” iniciado en prisión.

Al momento de resolver, los camaristas sostuvieron que el dictamen favorable de los profesionales carcelarios “fue efectuado sin la debida perspectiva de género que el caso ameritaba”.

Agregaron que no resulta suficiente la recomendación de continuar con el tratamiento comenzado durante la detención.

Consideraron por ello que Bullón no alcanzó aún los objetivos perseguidos para evitar “que aquel que ha delinquido vuelva a hacerlo” e “internalizar lo reprochable de su accionar”.

El crimen

El hecho se desencadenó a fines de 2012, en una vivienda ubicada en Echeverría al 1400, de la vecina ciudad.

El Tribunal en lo Criminal Nº 3, integrado entonces por los jueces Daniela Fabiana Castaño, Eduardo Alfredo d’Empaire y Raúl Guillermo López Camelo, declaró a Bullón autor de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”.

Para los magistrados, se demostró que entre las 7 y las 7.30, el acusado efectuó un disparo con un revólver calibre 32 a Marcela García, ocasionándole una herida en la sien izquierda que determinó el deceso de la mujer por un paro cardiorrespiratorio.

Entre las pruebas se citó el testimonio del médico forense Mauro Sueldo, quien realizó la autopsia y describió que el orificio de entrada del proyectil “no tenía ahumamiento ni la marca del cañón, y sí tatuaje de pólvora”, por lo que concluyó que “el disparo no fue realizado con el arma apoyada sobre la piel, aunque sí a corta distancia”, estimando la misma entre 20 y 30 centímetros.

Del mismo modo se tuvo en cuenta la prueba de dermotest positiva en las manos del acusado.

Una explicación que los jueces no consideraron

Versión. Al momento de declarar en la causa, el acusado negó haber tenido intenciones de asesinar a la víctima.

Desenlace. Bullón, en su indagatoria, sostuvo que en el marco de una discusión su pareja trató de suicidarse con el arma y que al pretender impedirlo se produjo el disparo letal.

Problemas. Una hermana de la víctima calificó a la relación de la pareja como “buena”, hasta que se “complicó” por los celos del acusado. También dijo que la víctima había recibido mensajes de texto con amenazas de muerte.

Hallazgo. El tribunal dijo que tales intimidaciones fueron constatadas en el celular de la víctima, entre ellas una que rezaba: “T voy a matar si t toka otro”, del 11 de septiembre de 2012. En total eran doce las comunicaciones de similar tenor.

Ratificación. La Sala III del Tribunal de Casación provincial, en marzo de 2015, había confirmado el fallo condenatorio de la Justicia bahiense. (Fuente La Nueva.). (25-10-26).

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