Nueva ordenanza / Prohíben colmenas en centros urbanos y a 5.000 metros del ejido
Además, se dispuso el impedimento de acopiar a la intemperie material apícola, que deberá ser almacenado en lugares adecuados para minimizar riesgos sanitarios.

El Concejo Deliberante de Coronel Dorrego aprobó una ordenanza que busca regular la actividad apícola en el partido, en respuesta al crecimiento de esta práctica y a la necesidad de garantizar la seguridad de los habitantes en áreas urbanas.
En los considerandos del proyecto, presentado por el bloque de UCR – Juntos por el Cambio, la apicultura ha demostrado ser una fuente importante de empleo y sustento económico para muchas familias en la región. Sin embargo, la proliferación de colmenas en zonas urbanas plantea riesgos tanto para la población como para los propios apicultores, especialmente en lo que respecta a la extracción de miel.
El Concejo mencionó que estudios recientes revelaron que las abejas poseen una compleja estructura organizacional y una notable capacidad de aprendizaje, lo que les permite adaptarse rápidamente a cambios en su entorno. Sin embargo, la convivencia con ellas en áreas densamente pobladas puede generar inconvenientes y peligros.
La nueva normativa se alinea con el Decreto N°4248/91 de la provincia de Buenos Aires, que establece pautas para la tenencia y explotación de colmenas. En este contexto, el Concejo Deliberante ha decidido actualizar la legislación local para asegurar un desarrollo seguro y sostenible de la actividad apícola, protegiendo tanto a los productores como a los habitantes de Coronel Dorrego.
Entre los puntos más destacados de la ordenanza se encuentra la prohibición de la tenencia y tránsito de colmenas en los centros urbanos y en un radio de cinco mil metros desde el límite de cada ejido urbano. Además, se prohíbe el acopio a la intemperie de material apícola, que deberá ser almacenado en lugares adecuados para minimizar riesgos sanitarios.
Las salas de extracción de miel deberán contar con mallas u otros elementos que impidan el ingreso y salida de abejas, garantizando así condiciones óptimas de seguridad e higiene. Asimismo, los vehículos destinados al transporte de alzas, con o sin miel, deberán estar cubiertos para evitar la fuga de abejas.
La ordenanza también establece que toda actividad apícola en el partido deberá cumplir con la legislación provincial vigente, y el incumplimiento de estas normativas será sancionado de acuerdo con lo estipulado en la Ordenanza N° 3596/16.
Finalmente, se derogan las Ordenanzas N°1166/92 y N°1234/93, que regulaban la actividad apícola en el pasado, marcando un nuevo rumbo en la gestión de esta actividad en Coronel Dorrego. (07-04-25).