Bahía Blanca: la fiscalía solicitó el procesamiento del empresario periodístico Vicente Gonzalo Massot por crímenes contra la humanidad
La Unidad Fiscal de Derechos Humanos argumentó que, con los elementos probatorios agregados a la causa no tenidos en cuenta al momento del dictado de la falta de mérito del empresario, corresponde rechazar el sobreseimiento pedido por su defensa y disponer su procesamiento por instigación del genocidio y como coautor del homicidio de dos obreros gráficos.
La Unidad Fiscal de Derechos Humanos de Bahía Blanc solicitó el procesamiento al empresario periodístico Vicente Gonzalo Massot por los crímenes de lesa humanidad de los que habría formado parte el diario La Nueva Provincia en la ciudad de Bahía Blanca y la región durante la última dictadura cívico militar.
En su dictamen, el fiscal general Miguel Ángel Palazzani y el auxiliar fiscal Pablo Fermento pusieron en valor las pruebas surgidas de los documentos de la Operación Condor y argumentaron que esos elementos modifican las conclusiones que llevaron al dictado de la falta de mérito que pesa sobre Massot y, por lo tanto, tornan procedente su procesamiento. La presentación de la fiscalía se dio en el marco de la contestación del traslado que le confirió el juzgado federal tras un nuevo pedido de sobreseimiento de la defensa.
Los fiscales aclararon que la imputación “no engendra un reproche penal genérico contra la actividad periodística durante el terrorismo de Estado, ni aun cuando se tratara de la emisión de discursos del odio. De lo que se trata es de analizar un caso en el que, junto a ese discurso de odio, se verifican una serie de circunstancias que lo subsumen en un delito penal, como es la instigación a cometer genocidio”.
Bajo esa mirada, los fiscales sostuvieron que Massot llevó a cabo operaciones psicológicas para las fuerzas armadas, como presentar públicamente los fusilamientos de las víctimas como «enfrentamientos» y realizar -junto a otros miembros fallecidos del clan, entre ellos su madre, Diana Julio- “aportes esenciales” que “consistieron en el ocultamiento deliberado de la verdad” en los secuestros, torturas y homicidios de 35 personas a través del llamamiento al exterminio desde las páginas del diario antes, durante y después de la última dictadura cívico-militar. También acusaron al empresario periodístico como coautor del homicidio de los obreros gráficos del diario Enrique Heinrich y Miguel Ángel Loyola perpetrado entre el 30 de junio y el 4 de julio de 1976, tras un conflicto sindical registrado el año anterior en la empresa.
Nueva prueba
Para insistir en el procesamiento, el dictamen analiza la prueba producida en la investigación no tomada en cuenta en el dictado de la falta de mérito, enfatizando en los reportes secretos elaborados antes de la dictadura por el agente de inteligencia chileno Lautaro Enrique Arancibia Clavel -encargado del Departamento Exterior de la Dirección Nacional de Inteligencia chilena (DINA)-, en los que comunica a sus jefes que Vicente Massot era, además de su amigo, un contacto establecido para los fines de su misión en el país.
Los fiscales señalaron que Massot “no era blanco del plan estatal de acción psicológica, sino que conocía abiertamente su existencia y finalidad -el aniquilamiento de opositores políticos-, y realizaba aportes para su exitoso cumplimiento, los cuales eran voluntarios, conscientes, libres y bajo plena consustanciación”.
En estos documentos, el espía informaba que Massot le había solicitado información para una “campaña en los medios que él controla sobre la penetración soviética en América Latina”, y que mantenía reuniones semanales con el equipo de redacción de la revista Cabildo que encabezaba el acusado.
Indicada la nueva prueba, los fiscales explicaron el modo en que tales elementos refutan los argumentos que motivaron el dictado de la falta de mérito sobre el imputado, partiendo de los aspectos de la imputación que ya fueron reconocidos por la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca al revisar el auto de mérito de 2015.
En este sentido, recordaron que aquella sentencia de la Cámara tuvo por acreditado que en la región de Bahía Blanca se realizó acción psicológica sobre la población a través del diario, y que incluso, para uno de los votos, era arbitrario afirmar que La Nueva Provincia había sido “utilizada” por los militares.
El dictamen señaló que, ya con dos años de anterioridad a los hechos, era Vicente Gonzalo Massot quien encabezaba personalmente los vínculos y las reuniones con los servicios de inteligencia para las operaciones psicológicas. De esta manera, los fiscales concluyeron que el acusado “no era blanco del plan estatal de acción psicológica, sino que conocía abiertamente su existencia y finalidad -el aniquilamiento de opositores políticos-, y realizaba aportes para su exitoso cumplimiento, los cuales eran voluntarios, conscientes, libres y bajo plena consustanciación”.
Esa información fue valorada en conjunto con las constancias ya existentes respecto de la estrecha y fluida relación de cooperación entre Vicente Massot y su familia con las máximas autoridades represivas del país y la región, tales como los generales Guillermo Suarez Mason, Osvaldo Azpitarte y Acdel Vilas, o el segundo jefe de la delegación local de la Dirección de Inteligencia de la Policía de la provincia de Buenos Aires (DIPBA), quien actuaba asimismo como jefe de seguridad de la empresa periodística.
Incitación al genocidio
La fiscalía insistió en que las publicaciones del diario durante los años de la dictadura cívico-militar fueron un llamamiento al exterminio. Indicó que La Nueva Provincia desarrolló una campaña mediática que consistió, entre otras, en la justificación de la eliminación de grupos sociales calificados como “subversivos”; en la exhortación a las fuerzas armadas a no declinar en la empresa de exterminio y a llevarla a cabo hasta las últimas consecuencias; en la negación del estatus jurídico de los grupos sociales perseguidos –al exigir la no observancia en su favor de la Convención de Ginebra y la aplicación de métodos no convencionales y de la pena de muerte-; en la incitación a la población a ocupar en rol activo en la eliminación de grupos sociales, cumpliendo con el deber de delación; y en el ocultamiento de las prácticas de secuestro, torturas, asesinato y desaparición de personas, mediante la presentación de los casos como muertes en enfrentamientos armados contra las autoridades públicas.
Los representantes del MPF citaron algunas expresiones que abundan en las publicaciones del diario, tales como “es preciso ganarles la guerra. Y ésta debe librarse en todos los campos donde se presente, sin descanso, ininterrumpidamente, hasta tener certeza de que han sido aniquilados”, escrita en la edición del 25 de abril de 1976 bajo el título de “¿Sólo una Guerrilla? No Deambulemos en el Quietismo Que es Antesala de la Derrota”.
En su dictamen, la fiscalía señala que adoptó los estándares establecidos por el Tribunal Penal Internacional para Ruanda para la imputación del crimen de instigación al genocidio, así como el precedente del Tribunal de Núremberg respecto a responsables de propaganda nazi.
Los fiscales citaron además una nota publicada en la edición del 2 de febrero de 1976 con el título “¡Argentinos, a las Armas!”: “Al enemigo hay que combatirlo con sus propias tácticas, sin concesiones, treguas ni cortapisas, sin pedir permiso ni andarse con contemplaciones respecto de lo que se hace o lo que se hará. No salvan a la Nación, por cierto, quienes viéndola en peligro y desfalleciente siempre encuentran tiempo para especulaciones de baja politiquería acerca de si caben o no medidas no convencionales frente a la agresión aleve del enemigo. No pueden existir concesiones de ningún tipo cuando la Nación está en peligro”.
Otra publicación que citaron es un editorial del 27 de septiembre de 1976, titulado “El país está en guerra. De hecho, entonces, los argentinos tienen un enemigo”. Allí dice: “El enemigo está en cualquier parte. La subversión ideológica trabaja subterráneamente y, por eso, la mayoría de la gente no la ve”. Y agrega: “Sabemos cómo son nuestras Fuerzas Armadas y tenemos plena confianza en su sentido del deber y la responsabilidad. A través de las notas anteriores hemos dibujado una radiografía del enemigo con el propósito de que la ciudadanía lo reconozca”.
En otro artículo del 20 de junio de 1976, titulado “Si vis pacem, para Bellum. El ejemplo tucumano enseña que las guerras se ganan luchando”, se insta a combatir la subversión “de manera no convencional, en todos los frentes de batalla: en la selva, el monte, la ciudad, la universidad, el hospital, el caféconcert, el periodismo, la televisión e, incluso, la Iglesia”.
Estándares de tribunales internacionales
En su dictamen, la fiscalía señala que adoptó los estándares establecidos por el Tribunal Penal Internacional para Ruanda para la imputación del crimen de instigación al genocidio, así como el precedente del Tribunal de Núremberg respecto a responsables de propaganda nazi.
En ese sentido, los fiscales concluyeron que “los hechos del caso aquí analizado son calcados a los de estos precedentes, de manera que –siguiendo los parámetros señalados por tales tribunales internacionales– la campaña mediática de La Nueva Provincia no puede calificarse ni como una mera labor informativa en ejercicio de la libertad de expresión, ni aún como un discurso de odio penalmente no punible, siendo lisa y llanamente un claro llamamiento al exterminio”.
Para fundamentar el pedido de procesamiento de Vicente Massot, señalaron que “la literalidad de la campaña mediática producida no deja lugar a duda de que, lejos de insertarse en una simple defensa de la persecución de ciudadanos en el marco de la legalidad, Vicente Gonzalo Massot –junto a otras autoridades del multimedio– reclamó y justificó la utilización de métodos ilegales como medio necesario para el aniquilamiento de grupos sociales calificados como enemigos, al tiempo de que cooperó para ocultar a la ciudadanía la realización de tales prácticas”.
Los obreros gráficos asesinados
Por último, los fiscales insistieron en la responsabilidad de Massot por los crímenes que padecieron los obreros gráficos de La Nueva Provincia, Miguel Ángel Loyola y Enrique Heinrich. Para ello, analizaron el rol del acusado en el entramado delictivo para el aniquilamiento de opositores políticos, más su comprobada y personal participación en el señalamiento de quienes consideraba integrantes de un “soviet enquistado en la empresa”, y de la entrega de esa información a las autoridades militares.
Los representantes del MPF valoraron una declaración testimonial que dio cuenta de una reunión de la madre del acusado con los generales Osvaldo Azpitarte y Acdel Vilas –comandante y segundo comandante del Cuerpo V del Ejército–, en la que la entonces directora del diario le dijo a los militares que “tenía problemas con los obreros gráficos Heinrich y Loyola”, reclamando “una solución” y advirtiéndole al general Azpitarte: “Osvaldo, no vamos a tener otro remedio que chuparlos por izquierda”. (15-09-22).