¿Cumple la Municipalidad con el cupo laboral para personas con discapacidad?

El Concejo Deliberante solicitó al Departamento Ejecutivo Municipal que informe qué cantidad de la totalidad de cargos y/o empleados de planta permanente, contratados, jornalizados y/o tercerizados que revistan en este Municipio se encuentran cubiertos por personas con discapacidad.

«Es convicción del cuerpo deliberativo trabajar por una sociedad inclusiva que garantice el principio de no discriminación y de equiparación de oportunidades para todos los postulantes a puestos vacantes», señaló el cuerpo al aprobar una minuta de comunicación que había sido presentada por el bloque del Frente de Todos – PJ.

Luego, recordó que el artículo 8 de la Ley 22.431, modificado por la Ley 25.689, dispone que “El Estado Nacional –entendiéndose por este, los tres poderes que lo constituyen, sus organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales, las empresas del estado y las empresas privadas concesionarias de servicios públicos- está obligado a ocupar personas con discapacidad que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo, en una proporción no inferior al cuatro por ciento de la totalidad de su personal y a establecer reservas de puestos de trabajo a ser exclusivamente ocupados por ellas».

Luego, el artículo 8º de la Ley 10.592, modificado por la Ley 13.508, expresa que “El Estado Provincial, sus organismos descentralizados, las empresas del Estado, las municipalidades, personas jurídicas de derecho público no estatal creadas por Ley, las empresas subsidiadas por el Estado y las empresas privadas concesionarias de servicios públicos están obligados a ocupar personas discapacitadas que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo, en una proporción no inferior al cuatro por ciento de la totalidad de su personal y a establecer reservas de puestos de trabajo a ser ocupados. El porcentaje determinado en dicho artículo será de aplicación sobre el personal de planta permanente, temporaria, transitoria y/o personal contratado cualquiera sea la modalidad de contratación». (08-09-22).

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