Política

Emergencia sanitaria: convalidan la reprogramación de deudas del municipio por casi $14 millones

El Concejo Deliberante aprobó una ordenanza preparatoria para convalidar los decretos municipales 726/20 y 825/20 por los cuales se solicitó las asistencias financieras a la Provincia de Buenos Aires en el marco del Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal, creado por Decreto Nº 264/20 y ratificado por la Ley 15.174.

La norma autoriza la reprogramación de las deudas municipales generadas en dicho decreto por la suma $ 13.900.600.

El plazo de devolución se estableció en 18 meses, en cuotas mensuales, iguales y consecutivas de 772.255,55, desde enero de 2021 hasta el mes de junio de 2022.

«El Estado Nacional ha declarado, a través del Decreto Nº 260/20 y su modificatorio, la ampliación de la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley Nº 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, por el plazo de un año», destaca la ordenanza del Concejo.

«Por su parte, la Provincia de Buenos Aires, a través del Decreto Nº 132/20, ratificado por Ley Nº 15.174, declaró el estado de emergencia sanitaria en la Provincia, por el término de 180 días a partir de su dictado, a tenor de la enfermedad por el nuevo coronavirus (COVID-19), invitándose a los poder Legislativo y Judicial, y a los Municipios, a acompañar los términos de la mencionada norma», se agrega en el texto.

Asimismo, la Provincia de Buenos Aires, por intermedio del Decreto Nº 264/20, ha creado el “Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal” con el objetivo de dotar de mayores recursos y menguar el impacto financiero en los municipios en el marco de la emergencia mencionada, mediante ayudas financieras reembolsables sin costo de financiamiento, con vistas a garantizar el pago de los sueldos de los trabajadores y trabajadoras municipales.

«Atento al aplazamiento de la emergencia aludida, frente a la continuidad de los condicionamientos financieros que dieron lugar al dictado del Decreto 264/20 y la necesidad de reformular las condiciones financieras de reembolso de las asistencias recibidas, se estableció la reprogramación de deudas producto del Decreto Nº 264/20 en el marco de la Ley Nº 15.181 y mediante la Resolución Nº 435/20 del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia, debiendo el municipio acogerse a las nuevas condiciones», aclara.

Para el Concejo, «las necesidades financieras del municipio para este ejercicio hacen que la citada reprogramación sea de utilidad para aliviar las cuentas municipales, difiriendo los vencimientos de las cuotas de amortización para los ejercicios futuros; esta posibilidad liberará recursos para atender otras finalidades actuales en el marco de la continuidad de la pandemia».

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