Política

Buscan prohibir el cigarrillo en todas las playas de la provincia de Buenos Aires

El diputado bonaerense de Fuerza Patria, Juan Martín Malpeli, presentó un proyecto de ley para penar con multas económicas a las personas que fumen en playas marítimas y ribereñas de la provincia de Buenos Aires, con el objetivo de proteger la salud de bañistas, trabajadores y no fumadores, además de reducir la contaminación que generan las colillas y otros residuos del tabaco.

El planteo del dirigente oficialista busca alcanzar a la totalidad de los distritos bonaerenses con litoral marítimo o fluvial, además de las Unidades Turísticas Fiscales administradas por el Estado provincial o municipal, las concesiones de servicios de playa (balnearios), los sectores de uso público y los accesos a la costa.

“La necesidad de esta ley se ve reforzada por el hecho de que, ante la ausencia de una regulación provincial específica, diversos Municipios costeros ya han avanzado individualmente en la creación de espacios de playa libres de humo, generando un mosaico normativo heterogéneo que esta iniciativa busca unificar y potenciar”, explicó el impulsor de la propuesta.

Según reza el articulado de Malpelli, los municipios costeros alcanzados por el nuevo régimen podrán habilitar zonas para fumadores de hasta el 10% de la superficie de cada sector de playa. No obstante, estos espacios deberán ubicarse a una distancia mínima de 50 metros de juegos infantiles, guarderías de playa, puestos de primeros auxilios y accesos peatonales principales.

Además, los sectores habilitados para el consumo de tabaco no solo deberán estar claramente señalizados, sino que también deberán contar con al menos un receptáculo cerrado y resistente al viento para el depósito de colillas cada 100 metros.

En caso de convertirse en ley, el proyecto obligará a colocar cartelería con la leyenda “Playa libre de humo” en todos los accesos a la costa, las Unidades Turísticas Fiscales y los balnearios concesionados.

Los distritos locales podrán ejercer el poder de “policía” necesario para constatar posibles infracciones mediante inspectores municipales, guardavidas u otro personal habilitado a tal efecto, quienes labrarán las actas correspondientes conforme al procedimiento contravencional vigente en cada jurisdicción.

Tal como establece el planteo del integrante del Frente Renovador, el régimen prevé para las eventuales infracciones una multa equivalente al valor de entre uno y 1.000 sueldos correspondientes a la categoría inicial de la administración pública de la Provincia de Buenos Aires, según lo establecido por la Ley N°10.430.

Entre los factores que podrían incrementar la sanción económica se encuentran la reincidencia del infractor, la proximidad a sectores de permanencia de niños y adolescentes, la existencia de daño ambiental verificable, la negativa a cesar en la conducta y la condición de explotador o concesionario del sector de playa que hubiera incumplido sus deberes de señalización y provisión de receptáculos.

En tanto, la autoridad de aplicación provincial correspondiente transferirá el producido íntegro de las multas al hospital público de gestión estatal del municipio en cuya jurisdicción se hubiera cometido la infracción, para que pueda adquirir equipamiento e insumos sanitarios y financiar programas de prevención tabáquica.

En línea con el proyecto de Malpeli, en el último tiempo organizaciones ambientales e investigadores del CONICET identificaron a las colillas de cigarrillo como los residuos más frecuentes hallados en la arena, en el marco de jornadas de limpieza de playas realizadas en Mar del Plata, Villa Gesell y otras localidades del litoral bonaerense.

Las colillas están compuestas mayormente por acetato de celulosa, un plástico de lenta degradación, y además retienen numerosas sustancias tóxicas propias del proceso de combustión del tabaco, entre ellas nicotina, metales pesados y compuestos cancerígenos. Estas sustancias se liberan al entrar en contacto con el agua de mar y afectan tanto su calidad como la fauna marina.

“Esta problemática ha sido, precisamente, el fundamento ambiental invocado por los Municipios que ya cuentan con ordenanzas de playas libres de humo, y resulta plenamente coherente con los objetivos de conservación y recuperación de la calidad del agua que la Constitución provincial pone en cabeza del Estado bonaerense”, cerró el referente oriundo de La Plata. (18-08-26).

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