Pirotecnia en el fútbol local: una final que sigue haciendo ruido

El Concejo Deliberante se hizo eco de una nota enviada por vecinos de la ciudad cabecera y aprobó una resolución para que las áreas de Inspección General y Seguridad, Juzgado de Faltas y Dirección de Asuntos Legales determinen si se ha infringido lo normado por la ordenanza que prohíbe el uso de pirotecnia en nuestro distrito durante el desarrollo de la final de fútbol entre Villa Rosa y Atlético Monte Hermoso, disputada en cancha de Independiente.

«Según lo manifestado en la misiva, el día 19 de diciembre del presente, ante la final que se jugaba entre Monte Hermoso y Villa Rosa en cancha de Independiente, desde las tribunas se utilizó pirotecnia. Esta misma situación se reiteró al finalizar el partido de fútbol, dando como ganador del campeonato al Club Villa Rosa», destaca la resolución.

«Anteriormente a la fecha citada, el 8/12/21, se pudo apreciar el uso de pirotecnia en ocasión de la inauguración de las luminarias en el Club Villa Rosa. Según lo expresado por las vecinas Valeria Anahí y María Florencia Gette, esta situación se planteó dentro de la cancha de juego», agrega al Concejo.

Por lo expuesto por las impulsoras del expediente, los eventos del día 8 de diciembre de 2021 se pueden verificar en los videos que están en las redes sociales. Incluso, mencionaron la presencia del intendente Raúl Reyes y del presidente del Concejo Deliberante, Alejandro Zorzano.

«El Concejo Deliberante ha manifestado la preocupación por el uso y sus consecuencias tanto para personas sensibles a los mismos y en igual medida a los animales. Las facultades del cuerpo deliberativo comprenden sancionar normas que regulen acciones de competencia municipal que tiendan al bienestar general de la población dentro del espacio de dominio municipal y en este caso la vía pública», destaca otro párrafo de la resolución.

«Este cuerpo colegiado siempre va a propender a enmarcar acciones que puedan afectar la salud, medio ambiente y bienestar de la sociedad, pudiendo así ejercer su poder de autonomía para regular las actividades que perturben el bien protegido», concluye. (31-12-21).

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