La ciudad

Ampliaron las opciones para capacitar a conductores profesionales del distrito

El Concejo Deliberante aprobó una modificación de la Ordenanza N° 4851/26 que amplía el marco de instituciones con las que el Departamento Ejecutivo podrá suscribir convenios para el dictado de capacitaciones destinadas a conductores profesionales.

La norma original había autorizado al Ejecutivo a celebrar un Convenio de Cooperación Mutua con la Cámara Empresaria del Transporte Automotor de Cargas Regional Sureña (CETAC regional sureña) y había establecido específicamente las categorías profesionales C2, C3 y E1 para las capacitaciones técnicas.

La modificación incorpora la posibilidad de suscribir acuerdos con cualquier otro organismo público, institucional del Estado, cámaras del sector, sindicatos o entidades de la sociedad civil que se encuentren debidamente acreditadas y habilitadas por las autoridades viales nacionales o de la Provincia de Buenos Aires para impartir capacitaciones a conductores profesionales.

De esta manera, la nueva redacción del artículo 1° mantiene a la CETAC regional sureña entre las entidades con las cuales el Departamento Ejecutivo podrá celebrar convenios, pero amplía el universo de instituciones habilitadas para ese tipo de acuerdos.

El proyecto también modifica el artículo 2° de la Ordenanza N° 4851/26. Los convenios tendrán como objeto establecer el dictado esporádico, itinerante y periódico en Coronel Dorrego de los cursos de capacitación técnica obligatoria correspondientes a todas las categorías y subcategorías de licencias profesionales de conducir vigentes.

La nueva normativa incluye las clases C, D y E en la totalidad de sus variantes, así como aquellas categorías que en el futuro las reemplacen, de acuerdo con los nomencladores oficiales de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y la Dirección Provincial de Licencias de Conducir.

La iniciativa sostiene que la modificación busca ampliar el marco institucional de colaboración del municipio y permitir acuerdos con organismos públicos nacionales o provinciales, universidades, cámaras empresarias, fundaciones o entidades habilitadas legalmente para dictar cursos técnicos y revalidaciones profesionales.

También plantea que la demanda de los trabajadores del distrito comprende no sólo el transporte de cargas, sino las distintas categorías vinculadas al transporte de pasajeros, los servicios de emergencia y el transporte de personas.

Según los fundamentos del proyecto, establecer una normativa de carácter general y abierto permitirá evitar la concentración de las gestiones en un solo prestador y agilizar las soluciones operativas para los conductores profesionales del partido.

La modificación no altera los artículos 3°, 4° y 5° de la Ordenanza N° 4851/26, que mantienen su vigencia en todos sus términos. (05-09-26).

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