Convalidan convenios para el desarrollo de colonias recreativas para jubilados y pensionados de Dorrego
En la sesión que realizó en Oriente, el Concejo Deliberante aprobó una ordenanza que convalida el convenio de colaboración para el desarrollo de las colonias recreativas en el marco del subprograma impulsado por el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI).
El acuerdo acuerdo busca beneficiar a los afiliados de la institución con diversas actividades recreativas en el municipio.
El convenio, que fue firmado entre el Municipio y PAMI, establece una serie de responsabilidades y compromisos tanto para el gobierno local como para el instituto, con el objetivo de garantizar el desarrollo adecuado de las colonias recreativas para jubilados y pensionados de la región.
El municipio se encargará de la organización y administración de las actividades, mientras que PAMI proveerá los fondos necesarios para llevarlas a cabo.
El subprograma de colonias recreativas, aprobado por la resolución RESOL-2021-INSSJP-DE#INSSJP, será gestionado por la municipalidad, que se encargará de la elaboración y presentación de los proyectos correspondientes para su aprobación por parte del instituto. Además, el municipio deberá garantizar la correcta utilización de los fondos, presentando la documentación respaldatoria al final de cada mes.
Una de las novedades más destacadas del convenio es que las partes podrán suscribir actas complementarias para definir el plan de trabajo y los plazos específicos, así como las circunstancias necesarias para el cumplimiento de los objetivos planteados. Asimismo, se establece que el municipio se encargará exclusivamente de la contratación de los recursos humanos necesarios para llevar adelante las actividades, y tendrá que permitir la supervisión y auditoría por parte de PAMI.
El convenio tiene una vigencia de dos años, con posibilidad de prórroga automática por períodos sucesivos, a menos que alguna de las partes notifique su decisión de no renovar el acuerdo con 30 días de anticipación. Además, se establece que ambas partes mantendrán su autonomía administrativa y técnica. (05-11-25).



