40 años de Democracia en Dorrego / Nota 11: El fin de reelección indefinida, territorialidad, personalismo y “la grieta”

Por Fabián Enzo Barda

La idea del poder personal en el ámbito municipal abreva en dos vertientes: por un lado, las características propias de quien logra consolidar el mismo donde entran en juego un componente tradicional para el análisis de los personalismos como el carisma y por otro, la posibilidad de la reelección, ya sea acotada o indefinida.

La continuidad electoral en la Argentina por espacio de cuatro décadas es un marco claro en el cual se desarrollan las diferentes construcciones del poder personal, más allá de las vicisitudes propias de estos últimos 40 años en los que la crisis del modelo por sustitución de importaciones, el proceso privatizador del “Menemismo” y las políticas neoliberales repercutieron fuertemente sobre el rol de los Municipios.

La situación difiere si tomamos un ciclo anterior que ubicamos entre 1955-1976. La construcción de esos liderazgos municipales se vio influida, precisamente, por la discontinuidad constitucional. Las salidas constitucionales post primer peronismo no tuvieron el desarrollo suficiente para que determinados Intendentes legitimaran en la gestión gubernamental su liderazgo, sin embargo varios de ellos pasaron a ser verdaderos caudillos políticos a pesar de la interrupción de sus mandatos por Golpes de Estado. Es decir, en la etapa previa de inestabilidad constitucional se construyeron “mitos” y “mentas” sobre el perfil del “alcalde” ideal porque fue esa situación de golpes de estado y salidas electorales acotadas las que alimentaron esos liderazgos. Para el caso del distrito de Coronel Dorrego se destacan las figuras de Guillermo Aiub (había gobernado durante el primer peronismo), Raúl Loydi y Nírido Santagada provenientes de la versión Intransigente del Radicalismo. No escapa la notoriedad que por aquellos tiempos alcanza el Dr. Ricardo Fuertes, máximo referente de la UCR hasta inicios de los 70, quien fuera Convencional Constituyente, Diputado Nacional y Ministro de Economía de la Provincia de Buenos Aires.

La cuestión de las reelecciones es un tema que se volvió recurrente en el proceso de recuperación de la democracia en la Argentina desde los años ’80 a la actualidad. La vigencia del mismo como cuestión irresuelta aflora en cada instancia electoral y la sanción de normas con fórmulas que se creían que traerían una solución final abrió discusiones e interpretaciones sobre el espíritu del legislador al momento de las diferentes reformas que pasaron desde la propia Constitución Nacional, las Constituciones Provinciales y las Leyes Orgánicas Municipales o Cartas Municipales, según el Régimen Municipal consagrado en cada una de las provincias que componen la Argentina.
El andamiaje institucional en la provincia de Buenos Aires permite hasta las elecciones generales que se van a realizar en octubre próximo la reelección por más de un período de los Intendentes Municipales. Parece ser que esta vez será la última.

En las últimas cuatro décadas, en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, se efectuaron elecciones para Intendentes en los años 1983, 1987 1991, 1995, 1999, 2003, 2007, 2011, 2015 y 2019.

La Constitución Provincial establece en la Sección Séptima – Del régimen municipal, en su capítulo único, artículo 190 que “la administración de los intereses y servicios locales en la Capital y cada una de los partidos que formen la provincia estará compuesta de un departamento ejecutivo unipersonal y un departamento deliberativo, cuyos miembros, que no podrán ser menos de seis ni más de veinticuatro, durarán cuatro años en sus funciones, renovándose cada dos años por mitad y serán elegidos en el mismo acto que se elijan los senadores y diputados, en la forma que determine la ley”.

En el artículo 191 de la Constitución Provincial, en su inciso 5, determina que el ciudadano a cargo del departamento ejecutivo durará cuatro años en sus funciones. No estableció pauta alguna, en el texto de 1934 y en sus sucesivas reformas, respecto a la reelección de los Intendentes. También perdió la provincia en la última reforma de su texto constitucional la posibilidad de profundizar una reforma del régimen municipal.

El texto además de lo señalado establece los límites numéricos para la conformación de los Concejos Deliberantes, quienes serán considerados electores, los requisitos para ser elegible y las atribuciones generales del régimen municipal.

La “carta magna de los bonaerenses” deriva en la Legislatura Provincial el dictado de la norma que regula el funcionamiento de los municipios. Es la Ley Orgánica de las Municipalidades que, en realidad, es un Decreto-Ley del año 1958 que tuvo varias reformas. La última modificación, en 2016, quedó registrada como la Ley 14.836 que eliminó la reelección indefinida para los intendentes, legisladores, concejales y consejeros escolares. Una norma posterior consideró que se debe tomar como primer mandato el que estaba en vigencia al momento de la reforma.

También es dable advertir que se permite dejar pasar un mandato para volver a postularse al cargo, lo que significa que los largos liderazgos, consolidados en una fuerte estructura política, con vértice en ese referente pueden encauzar su sucesión con la puerta abierta para el regreso.

Numerosas han sido las reelecciones por más de un nuevo período en todo el ámbito provincial. Han llegado casi al cuarto de siglo en algunos casos. Más allá de esa constante no todos los liderazgos surgidos a través de la ratificación de los mandatos por la voluntad popular han sido similares. La territorialidad es un factor de vital importancia en la conformación de esos liderazgos. Esa territorialidad tan disímil y contrastante en el ámbito provincial bonaerense opera de diferentes formas. Hay un primer, segundo y tercer cordón del conurbano. Hay distritos como La Matanza considerado casi una provincia aparte. Exceptuando el AMBA, hacia el interior hay distritos con ciudades cabeceras importantes como Mar del Plata y Bahía Blanca.

En Dorrego solo el primer Intendente de la transición democrática, José Nomdedeu, no intentó su reelección. Osvaldo Crego no lo logra en su primer intento en 1991 por la normativa interna de la UCR, sí lo hace en la recordada elección del 2003. Testani logra una reelección y es vencido por Crego en 1999 cuando intentaba acceder a su tercer período. Zorzano y Reyes fueron reelectos en una sola oportunidad sin intentar ninguno de los dos un tercer mandato.

Se ha naturalizado la permanencia por dos mandatos. Lo que no escapa a la realidad es las circunstancias en que esa naturalización ha aflorado. A medida que ha avanzado el proceso político argentino desde 2003 se han ido consolidando, a nivel local, las dos grandes estructuras políticas que hegemonizan el electorado argentino. Hay un tránsito de la territorialidad y el poder personal a “la grieta”. (Fuente Ecos de mi Ciudad). (04-08-23).

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