¿Cómo será viajar en colectivos y trenes a los destinos turísticos durante el verano?
A pocos días del inicio de la temporada de verano y en medio todavía de la pandemia de coronavirus que castiga a varias ciudades del país, el Gobierno nacional reglamentó los protocolos que deberán cumplir los trenes y colectivos, al tiempo que dispuso exceptuar del aislamiento a los trabajadores del transporte de larga distancia. Lo hizo mediante las disposiciones 294/2020 y 295/2020, que fueron publicadas este martes en el Boletín Oficial, y que buscan ordenar la forma de viajar a los destinos turísticos durante los próximos meses.
En lo que respecta a los colectivos, las autoridades decidieron “extremar las condiciones de higiene en las unidades, cabeceras, terminales” y garantizar “la colocación de suministros de alcohol en gel, soluciones a base de alcohol y/o cualquier otro insumo que recomiende el Ministerio de Salud, en lugares de fácil acceso”.
También se recomendó la implementación de “los mecanismos necesarios para la toma de la temperatura de todos los trabajadores, tripulantes y pasajeros”, como así también “la ventilación, la desinfección y limpieza” asidua, “en especial de los espacios comunes y sanitarios”.
Ahora bien, habrá un límite en la cantidad de pasajeros en el interior de los colectivos, algo que preocupaba a los turistas que debían viajar por este medio. El límite máximo permitido por unidad será de 37 en los vehículos “Semi Cama”; 26 para los que son “Cama Ejecutivo”, y 18 en los servicios denominados “Cama Suite”. No obstante, las empresas les pueden permitir a los grupos familiares comprar “pasajes para trasladarse en butacas adyacentes o de ubicación cercana, sin perjuicio del distanciamiento social que debe mediar respecto de los restantes” usuarios.
Además, “deberá garantizarse que el sistema de aire acondicionado no funcione en modo recirculación y que cumplan con las 20 renovaciones de aire por hora, en todo el volumen de la unidad, o mejor alternativa disponible supeditadas a la evidencia científica”. Asimismo, “quedan momentáneamente suspendidos los servicios de comidas y bebidas provistos por la empresa”, aunque “los pasajeros sí podrán traer consigo provisiones para consumir durante el trayecto”.
En el caso de los trenes, que en temporada suelen viajar repletos hacia Mar del Plata, por ejemplo, las operadoras tendrán que “adoptar medidas concretas dirigidas a evitar la conglomeración de personas principalmente dentro de las formaciones modificando, de ser necesario, el cronograma establecido y la frecuencia de salida”.
Los trenes de larga distancia podrán circular con hasta un 60% de ocupación por coche y “con ventanillas abiertas” cuando resulte posible. Se procurará “la reposición de protectores para apoya cabeza en cada servicio” y “el cambio de cortinados por cada viaje”, mientras que los filtros del aire acondicionado deben limpiarse con mayor frecuencia que antes de la pandemia.
Ante la verificación de algún incumplimiento de alguna de estas reglas, “la operadora será pasible de la imputación de las máximas sanciones autorizadas por los Regímenes de Penalidades normativos o contractuales, aplicables al servicio o concesión”, siempre y cuando la falta no represente “la comisión de un presunto delito que pudiera dar lugar a la denuncia penal”. (DIB) (19/11/20).