Licitación transporte Dorrego – El Perdido: la oposición le pidió al intendente el veto de la ordenanza

A través de una nota, los concejales del FPV-UC le expresaron al intendente Raúl Reyes la preocupación por la sanción de la ordenanza que -por mayoría- autorizó la concesión del servicio de transporte entre El Perdido y Coronel Dorrego.

La ordenanza en cuestión fue aprobada por el bloque de UCR – Cambiemos y rechazada por la bancada del Frente para la Victoria – Unidad Ciudadana. La concesión fue otorgada a Guillermo Raúl Godoy, quien ofreció un monto mensual de $ 1.000.

«Claramente la legislación aplicable en casos de un único oferente como sucede en el caso de marras, el art. 155 de LOM establece: Si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo. En circunstancias distintas, el segundo llamado será procedente y obligatorio”, destaca la nota.
«Obsérvese que el texto exige, para el caso de excepción en análisis, que el trámite de compulsa en sede administrativa se haya realizado CON LAS FORMALIDADES DE ESTA LEY (LOM), requisito excluyente para habilitar el requerimiento de aceptación de la oferta única al HCD», agrega el texto.

«Sin embargo, ocurre que en el procedimiento licitatorio las áreas que han participado en la formación del expediente, han incurrido en reiteradas violaciones y/u omisiones que colocan al expediente muy lejos de satisfacer los requerimientos legales mínimos a saber: 1) Se está otorgando en concesión el Servicio de Transporte de Pasajeros interurbano El Perdido- Cnel. Dorrego a un mismo concesionario del servicio de Taxis en la localidad de El Perdido, 2) Con la misma unidad que presta ese servicio, FIAT SIENA de su propiedad violando la exclusividad establecido en la 3º) inc. a) Ordenanza 3822/18. 3) No ha sido revocado la licencia otorgada tanto al permisionario como al vehículo. 4) El segundo vehículo que pone a disposición para realizar el trabajo no acredita su titularidad ni contrato alguno que lo vincule. 5) La Ordenanza Nro. 3822/18 establece el uso exclusivo del servicio de taxi, razón por la cual no puede afectar el Fiat Siena al transporte de pasajeros interurbano, 6) El art. 5 del pliego de condiciones, establece claramente que se demanda la prestación de servicio para “media distancia” un vehículo acorde al transporte interurbano, que de la legislación del Ministerio de Transporte, indefectiblemente debe ser prestado por combis o similares, conforme Ley Provincial 13.927 y leyes 24.449 y 26363. 7) La
operatividad del servicio aceptado a través de un vehículo sedan cuatro puertas, se encuentra totalmente en contradicción con la legislación de transporte para discapacitados CNTA. RESOLUCIÓN 176/96.

«Por considerarlo ilegitimo por carecer de un requisito para ser considerado como legal, solicitamos que en uso desus facultades – ART. 108 LOM proceda a VETAR EN FORMA TOTAL la Ordenanza que se ha aprobado por mayoría en la Sesión Ordinaria del HCD del día 23 de mayo de 2019», concluye la nota.

Esta mañana, antes de que trascendiera el pedido de veto, la concejala de la oposición Alicia Jalle se refirió a la cuestión, definiendo a la ordenanza como «ilegítima».

En la entrevista, que podrán escuchar en la parte superior de este post, también cuestionó la rendición de cuentas aprobada, también por mayoría.

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